REPASO

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REPASO

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Gianni Gutierrez

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7 questions

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1.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

30 sec • 1 pt

1)    Por ley 19.874 se aprobó el Impuesto Impuesto Emergencia Sanitaria COVID-19 que grava, entre otros, a las remuneraciones que reciben los funcionarios públicos siempre que superen determinados montos. La ley entró en vigencia el 18 de abril 2020. Algunos funcionarios presentaron acción de inconstitucionalidad frente a la Suprema Corte de Justicia impugnaron la referida la ley frente a la Suprema Corte de Justicia el 25 de abril y otros presentaron la acción el 1 de junio de 2020. En caso de que la Suprema Corte de Justicia declare que el Impuesto Emergencia COVID es inconstitucional pueden: ¿Pueden los funcionarios públicos que presentaron la acción de inconstitucionalidad recuperar el dinero obtener la devolución del dinero que le fue retenido por el impuesto?

Todos los que presentaron la acción de inconstitucionalidad van a poder recuperar lo retenido por el Impuesto Covid.

Solos los funcionarios que presentaron la acción de inconstitucionalidad el 25 de abril de 2020 van a poder van a poder recuperar el impuesto pagado en abril y mayo.

Ninguno va a poder recuperar el impuesto ya pagado, pero no se les podrá aplicar hacia el futuro.

2.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

30 sec • 1 pt

El Poder Ejecutivo dicta un Decreto mediante el cual establece que también serán contribuyentes del Impuesto Emergencia COVID 19 los empleados privados.  ¿Qué principio se está violando y que opciones de defensa se le presentan a los contribuyentes?

Se viola el principio de legalidad y se debe impugnar el Decreto con el Recurso de Revocación y Jerárquico y luego presentar acción de inconstitucionalidad frente a la Suprema Corte de Justicia

Se viola el principio de igualdad y corresponde presentar la acción de inconstitucionalidad.

Se viola el principio de legalidad y hay que presentar recurso de revocación frente al Poder Ejecutivo y luego cuando pasen doscientos cincuenta días se abre la vía jurisdiccional para presentar acción de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo para anular el Decreto.

Se viola el principio de legalidad y hay que presentar recurso de revocación frente al Poder Ejecutivo y luego, si el mismo es rechazado expresamente o pasan ciento cincuenta días sin que expida, se abre la vía jurisdiccional para presentar acción de nulidad ante el TCA para anular el Decreto.

3.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

30 sec • 1 pt

El Gobierno Departamental de Rocha pretende aumentar su recaudación por la vía de aprobar un tributo especial a las ventas de mercaderías de todo tipo realizadas en el Departamento. La Junta Departamental de Rocha aprobaría un Decreto Departamental con fuerza de ley en su jurisdicción mediante el cual se crearía el referido impuesto. ¿Es viable jurídicamente este impuesto?

Si, es viable en la medida que no exista un servicio.

Si en la medida que exista una razonable equivalencia entre el monto recaudado y el servicio que presta la intendencia.

No porque no existe relación entre la base de calculo del impuesto y el servicio que se presta.

No, los Gobiernos Departamentales solo pueden crear los impuestos establecidos en el art. 297 de la Constitución y este tipo de impuestos no esta previsto.

4.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

30 sec • 1 pt

¿Cuál es el órgano competente para decidir la Constitucionalidad de un Decreto de la Junta Departamental de Montevideo con fuerza de ley en su jurisdicción?

La Suprema Corte de Justicia

El Tribunal de lo Contencioso Administrativo

El Tribunal de Cuentas

Los juzgados de lo Contencioso Admnistrativo

5.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

30 sec • 1 pt

¿Cuál es el alcance que se le da al principio de legalidad en doctrina, en la jurisprudencia del TCA y en la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia? 

La jurisprudencia del TCA y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia coinciden en una concepción flexible del principio de legalidad de manera que la ley puede delegar en el Poder Ejecutivo el establecimiento de ciertos elementos del tributo como por ejemplo los responsables o las tasas siempre dentro de determinados parámetros. 

La doctrina, la jurisprudencia del TCA y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia coinciden en una concepción estricta del principio de legalidad de manera que la ley debe fijar todos  los elementos del tributo sin excepciones.

La jurisprudencia del TCA y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia coinciden en una concepción estricta del principio de legalidad de manera que la ley debe fijar todos  los elementos del tributo sin excepciones. La doctrina tributaria por el contrario señala que existen ciertas flexibilizaciones admisibles en las que puede haber una delegación a favor del Poder Ejecutivo. 

La doctrina sostiene que en Uruguay rige en materia del principio de legalidad un criterio de reserva absoluta, es decir, que todos los elementos del tributo deben ser establecidos en la ley sin posibilidades de delegación alguna. Por el contrario, la Suprema Corte de Justicia adopta un criterio más flexible y sostiene  que no se vulnera la Constitución si delega en el Poder Ejecutivo  ciertas potestades siempre que se fijen los límites de su actuación en la ley.  El TCA, por el contrario, ha tenido una posición más celosa del principio de legalidad tendiendo a coincidir con la reserva absoluta sostenida por la doctrina.  

6.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

30 sec • 1 pt

El Poder Ejecutivo dicta un Decreto mediante el cual establece que también serán contribuyentes del Impuesto Emergencia COVID 19 los empleados privados.  ¿Qué principio se está violando y que opciones de defensa se le presentan a los contribuyentes?

Se viola el principio de legalidad y hay que presentar recurso de revocación frente al Poder Ejecutivo y luego cuando pasen doscientos cincuenta días se abre la vía jurisdiccional para presentar acción de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo para anular el Decreto.

Se viola el principio de legalidad y se debe impugnar el Decreto con el Recurso de Revocación y Jerárquico y luego presentar acción de inconstitucionalidad frente a la Suprema Corte de Justicia


Se viola el principio de igualdad y corresponde presentar la acción de inconstitucionalidad


Se viola el principio de legalidad y hay que presentar recurso de revocación frente al Poder Ejecutivo y luego, si el mismo es rechazado expresamente o pasan ciento cincuenta días sin que expida, se abre la vía jurisdiccional para presentar acción de nulidad ante el TCA para anular el Decreto.

7.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

30 sec • 1 pt

El Poder Ejecutivo dicta un decreto que interpreta que los servicios de educación prestados por los Instituciones de enseñanza están gravados con IVA violando de esta forma la exoneración constitucional prevista en el art. 69 de la Constitución y también la propia ley del IVA. Un colegio consulta su contador respecto al nuevo impuesto y su aplicación. Señale cuál de las siguientes respuestas es la correcta


La norma es inconstitucional y debe ser impugnada frente a la Suprema Corte de Justicia, pero primero deberán presentarse recursos administrativos.

La norma es inconstitucional y debe ser impugnada primero con el recurso de Revocación y luego de mantenerse habrá que presentar acción de nulidad frente al TCA.


La norma es inconstitucional y debe ser impugnada directamente ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.