Recurso-Administrativo y Juicio-Nulidad

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15 questions

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1.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

30 sec • 1 pt

¿Menciona, desde punto de vista jurisdiccional, cuantos recursos existen en el juicio contencioso administrativo, con base a la Ley de Procedimiento Contencioso Administrativo?

Recurso de Reclamación, Recurso Administrativo y Recurso de Revisión

Recurso de Reclamación, Recurso de anulación y Recurso de Revisión

Recurso de Reclamación, Recurso de Administrativo

Recurso de Reclamación y Recurso de Revisión

2.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

30 sec • 1 pt

Menciona cuando menos cuatro leyes impositivas de carácter federal

Ley del impuesto al valor agregado (LIVA), Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR)

Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS), Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN)

Ley del impuesto al valor agregado (LIVA), Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR, Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS), Código Fiscal del Distrito Federal (CFDF)

Ley de Ingresos del Estado de México (LIEM), Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR, Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS), Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN)

Ley del impuesto al valor agregado (LIVA), Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN)

(LISR), Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México (LICDMX), Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN)

3.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

30 sec • 1 pt

Diferencia entre Visita Domiciliaria, Visita de Gabinete y Compulsa; tema visto en clase

Visita domiciliaria: La Autoridad Fiscal, mediante oficio se constituirá en el domicilio del Contribuyente, Visita de Gabinete: La Autoridad Fiscal, mediante oficio de requerimiento citará en las oficinas gubernamentales al Contribuyente. Compulsa: la autoridad enviara correo al buzón tributario informando que debe un crédito fiscal.

Visita domiciliaria: La Autoridad Fiscal, mediante oficio se constituirá en el domicilio del Contribuyente, Visita de Gabinete: La Autoridad Fiscal, mediante oficio embargará bienes del Contribuyente. Compulsa: es cotejar una copia con el documento original para determinar su exactitud, Cuando la Autoridad está practicando una auditoria y quiere corroborar que la información que usted declara sea correcta.

Visita domiciliaria: La Autoridad Fiscal, mediante oficio se constituirá en el domicilio del Contribuyente, Visita de Gabinete: La Autoridad Fiscal, mediante oficio de requerimiento citara en las oficinas gubernamentales al Contribuyente. Compulsa: es cotejar una copia con el documento original para determinar su exactitud, Cuando la Autoridad está practicando una auditoria y quiere corroborar que la información que usted declara sea correcta.

Visita domiciliaria: La Autoridad Fiscal, mediante oficio se constituirá en el domicilio del Contribuyente para informar que está exento de las contribuciones y accesorios, Visita de Gabinete: La Autoridad Fiscal, mediante oficio de requerimiento citará en las oficinas gubernamentales al Contribuyente. Compulsa: es cotejar una copia con el documento original para determinar su exactitud, Cuando la Autoridad está practicando una auditoria y quiere corroborar que la información que usted declara sea correcta.

4.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

30 sec • 1 pt

Como podemos observar, la Constitución´Vigente, prevé el fundamento legal para la creación de tribunales locales de los contencioso-administrativo de competencia local, señala el articulo Constitucional que prevé la creación de dichos tribunales locales de Justicia Administrativa.

Articulo 73 Constitucional

Articulo 115 Constitucional

Articulo 116 Constitucional

Articulo 122 Constitucional

5.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

30 sec • 1 pt

Medios de Defensa con fundamento en el articulo 120 Código Fiscal Vigente.

Recurso de Revocación y/o Demanda de Nulidad y Juicio de Amparo, o Demanda de Nulidad y Juicio de Amparo

Recurso de Revocación y/o Recurso Administrativo y Juicio de Amparo, o Demanda de Nulidad y Juicio de Revocación

Recurso de Revocación y/o Demanda de Nulidad y Juicio de Amparo, o Demanda de Nulidad y Juicio de Amparo

Recurso de Revocación y/o Demanda de Nulidad y Recurso de Reclamación, o Demanda de Nulidad y Juicio de Amparo

6.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

30 sec • 1 pt

EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA ESTA INTEGRADO

La Sala Superior, La Junta de Gobierno y Administración, y

Tribunales Unitarios

La Sala Superior, La Junta de Gobierno y Administración, y

Las Salas Regionales.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, La Junta de Gobierno y Administración, y Las Salas Regionales.

La Sala Superior, La Junta de Gobierno y Administración,

Las Salas Regionales y Tribunales de Unitarios de Circuito.

7.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

45 sec • 1 pt

La autoridad Administrativa, deberá dictar resolución y notificarla en un término que no excederá d respecto del Recurso de Revocación previsto en el Código Fiscal.

Un término que no excederá de seis meses contados a partir de la fecha de interposición del recurso

Un término que no excederá de cuatro meses contados a partir de la fecha de interposición del recurso

Un término que no excederá de cinco meses contados a partir de la fecha de interposición del recurso

Un término que no excederá de tres meses contados a partir de la fecha de interposición del recurso

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